Para tramitar los efectos personales, según el tipo de tramitación deberá aportar obligatoriamente los siguientes documentos (todos en un mismo archivo):
- Mudanza por Estudios
1. Declaración firmada, donde conste la naturaleza de la mercancía y el motivo de la llegada
2. Baja Consular
3. Certificado de estudios
- Mudanza por Trabajo
1. Declaración firmada, donde conste la naturaleza de la mercancía y el motivo de la llegada
2. Baja Consular
3. Empadronamiento con fecha de alta y baja en el padrón (válido exclusivamente para Canarias Ceuta y Melilla)
4. Contrato de trabajo
5. Documento oficial justificativo de la permanencia en el país de origen
- Exceso de Equipaje
1. Declaración firmada, donde conste la naturaleza de la mercancía y el motivo de la llegada
2. Billetes de vuelo correspondientes a la salida del territorio con los datos del viajero
- Traslado por Matrimonio
1. Declaración firmada, donde conste la naturaleza de la mercancía y el motivo de la llegada
2. Baja Consular
3. Prueba de matrimonio
4. Documento oficial justificativo de la permanencia en el país de origen
- Herencia
1. Declaración firmada, donde conste la naturaleza de la mercancía y el motivo de la llegada
2. Justificante de sucesión de bienes
En caso de no disponer de dicha documentación, podrá solicitar una franquicia de viajeros en cualquier Delegación de Hacienda y una vez obtenida, hacérnosla llegar, si bien es cierto que en dicho organismo le solicitaran una documentación no muy diferente a la aquí solicitada.